El Instituto Electoral del Estado de Sinaloa convoca a la ciudadanía sinaloense que cumpla con los requisitos establecidos en los artículos 152 y 160 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sinaloa; 9, numeral 3, 20, 21 y 22 del Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral; así como 20, 21, 72 y 78 del Lineamiento para la Designación y Ratificación de Presidencias y Consejerías Electorales de los Consejos Distritales y Municipales Electorales del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa, a participar en el proceso de selección de las Presidencias y Consejerías Electorales que ocuparán los cargos vacantes derivados del procedimiento de ratificación para el Proceso Electoral Local 2026-2027, en los Consejos Distritales y Municipales Electorales que se instalarán para dicho proceso, así como para integrar la lista de reserva estatal distribuida por municipio. Lo anterior, de conformidad con los artículos 15, párrafos primero, segundo y cuarto, de la Constitución Política del Estado de Sinaloa, en relación con los artículos 146, fracciones I, II y III, 150, 151, 158, 159 y demás relativos de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sinaloa, y los artículos 27 y 28 del Lineamiento para la Designación y Ratificación de Presidencias y Consejerías Electorales de los Consejos Distritales y Municipales Electorales del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa.
PRIMERA. Todas las personas aspirantes a las Presidencias y Consejerías Electorales deberán realizar su registro en línea a partir de las 09:00 horas del día 1 de octubre y hasta las 23:59 horas del 15 de octubre de 2026 a través de la página de Internet del Instituto: www.ieesinaloa.mx, en la que deberán llenar sus datos personales, así como el perfil curricular, entre otra información necesaria para el registro. Por ningún motivo serán recibidos documentos fuera del periodo y horario de recepción establecidos.
La plataforma de registro contará con diversos apartados para el llenado de los Anexos de conformidad con lo siguiente:
Cuando se advierta que no se cumple con alguno de los requisitos documentales establecidos en la presente convocatoria, las personas aspirantes tendrán un plazo de tres días para subsanar las omisiones.
Una vez que hayan concluido con su registro en línea y cargados los documentos solicitados, el sistema emitirá el correspondiente acuse de recibo.
Las personas aspirantes que no hayan concluido con su registro en línea y, por consecuencia, no hubieran obtenido su acuse, no serán consideradas dentro del procedimiento de designación.
SEGUNDA. Las Presidencias y las Consejerías Electorales propietarias y suplentes que sean designadas para ocupar los cargos vacantes en los Consejos Distritales y Municipales Electorales para el Proceso Electoral Local 2026-2027, podrán ser ratificadas para el proceso electoral ordinario posterior inmediato y, en su caso, podrán participar con ese carácter durante el Proceso Electoral para la elección de diversos cargos del Poder Judicial del Estado de Sinaloa que se lleve a cabo en el año 2028.
Los cargos vacantes por municipio son los siguientes:
Municipio |
Cargo vacante |
Cantidad de vacantes |
Angostura | Presidencia del Consejo Municipal | 1 |
Culiacán | Presidencia del Consejo Municipal | 1 |
Mazatlán | Presidencia del Consejo Municipal | 1 |
Presidencia del Consejo Distrital 21 | 1 | |
Presidencia del Consejo Distrital 22 | 1 | |
Total | 5 |
Municipio | Cargo vacante | Cantidad de vacantes |
Ahome | Consejería Electoral Propietaria | 6 |
Consejería Electoral Suplente | 5 | |
Angostura | Consejería Electoral Propietaria | 1 |
Consejería Electoral Suplente | 2 | |
Badiraguato | Consejería Electoral Suplente | 2 |
Cosalá | Consejería Electoral Propietaria | 2 |
Consejería Electoral Suplente | 2 | |
Culiacán | Consejería Electoral Propietaria | 5 |
Consejería Electoral Suplente | 14 | |
Choix | Consejería Electoral Suplente | 1 |
Elota | Consejería Electoral Propietaria | 1 |
Escuinapa | Consejería Electoral Suplente | 1 |
El Fuerte | Consejería Electoral Suplente | 2 |
Guasave | Consejería Electoral Suplente | 7 |
Mazatlán | Consejería Electoral Propietaria | 6 |
Consejería Electoral Suplente | 13 | |
Mocorito | Consejería Electoral Propietaria | 2 |
Consejería Electoral Suplente | 1 | |
Rosario | Consejería Electoral Suplente | 3 |
Salvador Alvarado | Consejería Electoral Propietaria | 1 |
Consejería Electoral Suplente | 1 | |
San Ignacio | Consejería Electoral Suplente | 1 |
Sinaloa | Consejería Electoral Suplente | 1 |
Navolato | Consejería Electoral Suplente | 4 |
Eldorado | Consejería Electoral Propietaria | 1 |
Consejería Electoral Suplente | 3 | |
Juan José Ríos | Consejería Electoral Propietaria | 1 |
Consejería Electoral Suplente | 2 | |
Total | 91 | |
TERCERA. Las personas interesadas en ocupar un cargo de Presidencia o Consejería Electoral, deberán cumplir con lo siguiente:
QUINTA. Las etapas del proceso de selección y designación de las personas que integrarán los Consejos Distritales y Municipales Electorales, serán las siguientes:
1. Integración y envío de expedientes. Una vez expirado el plazo para el registro de las solicitudes, durante el periodo comprendido del 23 al 27 de octubre de 2026, la Comisión de Organización Electoral del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa conformará los expedientes de cada una de las personas que hayan cumplido con todos los requisitos.
2. Revisión de los expedientes. Del 28 de octubre al 2 de noviembre de 2026 la Comisión de Organización Electoral del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa, con el apoyo de los grupos de trabajo que en su caso se conformen, verificará el cumplimiento de los requisitos legales y elaborará una relación con los nombres y apellidos de las personas aspirantes que cumplan con todos los requisitos. Los resultados de esta etapa serán publicados a más tardar el 3 de noviembre de 2026.
3. Examen de conocimientos. El cual se realizará el día 7 de noviembre de 2026, en modalidad virtual, a través de herramienta tecnológica del Instituto.
4. Publicación de resultados del examen. Se publicarán en la página web del Instituto el 9 de noviembre de 2026, ordenadas de mayor a menor calificación dentro de cada municipio y diferenciadas por mujeres y hombres.
5. Valoración curricular y entrevistas por las Consejerías Electorales del Consejo General. Se llevarán a cabo en el período comprendido entre el 11 de noviembre y el 10 de diciembre de 2026. Continuarán en esta etapa las personas aspirantes que hayan cumplido con todos los requisitos legales y aprueben el examen de conocimientos, a quienes se convocará a través del portal de este Instituto, a más tardar el 9 de noviembre del año en curso, vía correo electrónico, o en su caso, vía telefónica.
Las personas aspirantes podrán solicitar la revisión del resultado de su examen de conocimientos, a más tardar en los dos días hábiles posteriores a la fecha de la publicación de los resultados. La solicitud de revisión se hará mediante correo electrónico dirigido a la Comisión de Organización Electoral del Instituto, indicando el nombre completo, municipio de residencia y su número de folio, así como el motivo de la solicitud de revisión. Si derivado de la revisión, se establece que se debe modificar la puntuación obtenida por la persona aspirante y esto cambia su posición respecto al resto de las personas aspirantes, la Comisión determinará si debe acceder a la etapa de valoración curricular y entrevista.
La ponderación de la valoración curricular será de 30%, al examen de conocimiento electoral le corresponderá el 30% y a la entrevista el 40%; dando como resultado el 100% máximo de ponderación.
El Instituto, con la anticipación debida, hará del conocimiento, la hora en que se llevarán a cabo el examen y la entrevista.
El examen será en la modalidad virtual, para lo cual la persona aspirante deberá contar con un dispositivo que reúna los requisitos exigidos por la plataforma que se le indique.
La entrevista será en la modalidad presencial, pudiendo realizarse de manera excepcional de forma virtual.
Para el examen de conocimientos podrán consultar la guía de estudios que será publicada en la página web del Instituto: www.ieesinaloa.mx.
6. Elaboración y observación de las listas de propuestas. Durante el período comprendido del 11 al 19 de diciembre del 2026, la Comisión de Organización Electoral elaborará la lista con la propuesta de las personas aspirantes seleccionadas para integrar los Consejos Distritales y Municipales Electorales y la presentará al Consejo General, atendiendo al principio de paridad de género.
7. Integración y aprobación de las propuestas definitivas. Del 1 al 15 de enero de 2027, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa, hará la designación de las personas a ocupar las Presidencias y Consejerías Electorales, especificando el periodo y el cargo de su nombramiento. Para la designación se deberá tomar en cuenta como mínimo los criterios orientadores de compromiso democrático, paridad de género, prestigio público y profesional, pluralidad cultural, conocimiento de la materia electoral y participación comunitaria o ciudadana.
Aprobado el acuerdo de integración de los consejos electorales, el Instituto Electoral del Estado de Sinaloa, lo notificará a las personas designadas y les dará a conocer la fecha de instalación del consejo electoral respectivo para rendir la protesta de ley y recibir su nombramiento. La lista y el acuerdo de integración de los Consejos Distritales y Municipales Electorales, se publicarán en los estrados y en el portal de internet del Instituto y en el Periódico Oficial “El Estado de Sinaloa”.
SEXTA. En la integración de los Consejos Distritales y Municipales Electorales, se procurará la inclusión de personas jóvenes, así como de las que pertenecen a grupos de atención prioritaria tales como de pueblos y comunidades indígenas, de comunidad de la diversidad sexual y con discapacidad, siempre y cuando cumplan con las etapas previstas en la convocatoria y con los requisitos. En caso de no contar con la participación de estas personas, los cargos serán designados del resto de la ciudadanía registrada.
Toda documentación que la persona aspirante proporcione y que contenga información de datos personales y de la vida privada, será empleada por el Instituto exclusivamente para el fin que fue presentada, y será protegida conforme a la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, Reglamentaria del artículo 6 fracción II Base “A” y artículo 16, párrafo 2, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
CUARTA. Para comprobar el cumplimiento de los requisitos y para la integración del expediente administrativo, las personas designadas para las Presidencias y Consejerías Electorales propietarias, deberán entregar a más tardar cinco días posteriores a su designación, en original para su cotejo y copia, los documentos mencionados en la Base Primera de esta Convocatoria, así como:
Lo no previsto en la presente convocatoria será resuelto por la Comisión de Organización Electoral o por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa, según sea el caso.
Para mayor información, llamar a los teléfonos en Culiacán (667) 715 22 89 y 800 50 50 450, en Los Mochis al (668) 817 32 73 y en Mazatlán al (669) 981 27 10 o vía correo electrónico: integracion2027@ieesinaloa.mx
PRIMERA. Todas las personas aspirantes a las Presidencias y Consejerías Electorales deberán realizar su registro en línea a partir de las 09:00 horas del día 1 de octubre y hasta las 23:59 horas del 15 de octubre de 2026 a través de la página de Internet del Instituto: www.ieesinaloa.mx, en la que deberán llenar sus datos personales, así como el perfil curricular, entre otra información necesaria para el registro. Por ningún motivo serán recibidos documentos fuera del periodo y horario de recepción establecidos.
La plataforma de registro contará con diversos apartados para el llenado de los Anexos de conformidad con lo siguiente:
Cuando se advierta que no se cumple con alguno de los requisitos documentales establecidos en la presente convocatoria, las personas aspirantes tendrán un plazo de tres días para subsanar las omisiones.
Una vez que hayan concluido con su registro en línea y cargados los documentos solicitados, el sistema emitirá el correspondiente acuse de recibo.
Las personas aspirantes que no hayan concluido con su registro en línea y, por consecuencia, no hubieran obtenido su acuse, no serán consideradas dentro del procedimiento de designación.
SEGUNDA. Las Presidencias y las Consejerías Electorales propietarias y suplentes que sean designadas para ocupar los cargos vacantes en los Consejos Distritales y Municipales Electorales para el Proceso Electoral Local 2026-2027, podrán ser ratificadas para el proceso electoral ordinario posterior inmediato y, en su caso, podrán participar con ese carácter durante el Proceso Electoral para la elección de diversos cargos del Poder Judicial del Estado de Sinaloa que se lleve a cabo en el año 2028.
Los cargos vacantes por municipio son los siguientes:
Municipio | Cargo vacante | Cantidad de vacantes |
Angostura | Presidencia del Consejo Municipal | 1 |
Culiacán | Presidencia del Consejo Municipal | 1 |
Mazatlán | Presidencia del Consejo Municipal | 1 |
Presidencia del Consejo Distrital 21 | 1 | |
Presidencia del Consejo Distrital 22 | 1 | |
| Total | 5 |
Municipio | Cargo vacante | Total |
Ahome | Consejerías Electorales Propietarias | 6 |
Consejerías Electorales Suplentes | 5 | |
Angostura | Consejería Electoral Propietaria | 1 |
Consejerías Electorales Suplentes | 2 | |
Badiraguato | Consejerías Electorales Suplentes | 2 |
Cosalá | Consejerías Electorales Propietarias | 2 |
Consejerías Electorales Suplentes | 2 | |
Culiacán | Consejerías Electorales Propietarias | 5 |
Consejerías Electorales Suplentes | 14 | |
Choix | Consejería Electoral Suplente | 1 |
Elota | Consejería Electoral Propietaria | 1 |
Escuinapa | Consejería Electoral Suplente | 1 |
El Fuerte | Consejerías Electorales Suplentes | 2 |
Guasave | Consejerías Electorales Suplentes | 7 |
Mazatlán | Consejerías Electorales Propietarias | 5 |
Consejerías Electorales Suplentes | 13 | |
Mocorito | Consejerías Electorales Propietarias | 2 |
Consejería Electoral Suplente | 1 | |
Rosario | Consejerías Electorales Suplentes | 3 |
Salvador Alvarado | Consejería Electoral Propietaria | 1 |
Consejería Electoral Suplente | 1 | |
San Ignacio | Consejería Electoral Suplente | 1 |
Sinaloa | Consejería Electoral Suplente | 1 |
Navolato | Consejerías Electorales Suplentes | 4 |
Eldorado | Consejería Electoral Propietaria | 1 |
Consejerías Electorales Suplentes | 3 | |
Juan José Ríos | Consejería Electoral Propietaria | 1 |
Consejerías Electorales Suplentes | 2 | |
Total | 90 | |
TERCERA. Las personas interesadas en ocupar un cargo de Presidencia o Consejería Electoral, deberán cumplir con lo siguiente:
1. Tener la calidad de ciudadanas y ciudadanos sinaloenses en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles;
2. Tener más de veinticinco años de edad el día de su designación;
3. Estar inscritos en el Registro Federal de Electores y contar con credencial para votar con fotografía vigente;
4. Contar con conocimientos para el desempeño adecuado de sus funciones;
5. No desempeñar o haber desempeñado cargo de elección popular, ni haber sido postuladas o postulados a una candidatura, en los cinco años inmediatos anteriores a la designación;
6. No desempeñar ni haber desempeñado cargo de dirección nacional, estatal o municipal en algún partido u organización política en los tres años inmediatos anteriores a la designación;
7. Gozar de buena reputación y no haber sido condenada o condenado por delito alguno, salvo que hubiese sido de carácter culposo; y,
8. No contar con sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género en cualquiera de sus modalidades y tipos. Por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.
CUARTA. Para comprobar el cumplimiento de los requisitos y para la integración del expediente administrativo, las personas designadas para las Presidencias y Consejerías Electorales propietarias, deberán entregar a más tardar cinco días posteriores a su designación, en original para su cotejo y copia, los documentos mencionados en la Base Primera de esta Convocatoria, así como:
1. RFC (Constancia de Situación Fiscal expedida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público);
2. Constancia de Clave Única de Registro de Población (CURP) emitida por la Secretaría de Gobernación; y,
3. Una fotografía tamaño infantil.
QUINTA. Las etapas del proceso de selección y designación de las personas que integrarán los Consejos Distritales y Municipales Electorales, serán las siguientes:
1. Integración y envío de expedientes. Una vez expirado el plazo para el registro de las solicitudes, durante el periodo comprendido del 23 al 27 de octubre de 2026, la Comisión de Organización Electoral del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa conformará los expedientes de cada una de las personas que hayan cumplido con todos los requisitos.
2. Revisión de los expedientes. Del 28 de octubre al 2 de noviembre de 2026 la Comisión de Organización Electoral del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa, con el apoyo de los grupos de trabajo que en su caso se conformen, verificará el cumplimiento de los requisitos legales y elaborará una relación con los nombres y apellidos de las personas aspirantes que cumplan con todos los requisitos. Los resultados de esta etapa serán publicados a más tardar el 3 de noviembre de 2026.
3. Examen de conocimientos. El cual se realizará el día 7 de noviembre de 2026, en modalidad virtual, a través de herramienta tecnológica del Instituto.
4. Publicación de resultados del examen. Se publicarán en la página web del Instituto el 9 de noviembre de 2026, ordenadas de mayor a menor calificación dentro de cada municipio y diferenciadas por mujeres y hombres.
5. Valoración curricular y entrevistas por las Consejerías Electorales del Consejo General. Se llevarán a cabo en el período comprendido entre el 11 de noviembre y el 10 de diciembre de 2026. Continuarán en esta etapa las personas aspirantes que hayan cumplido con todos los requisitos legales y aprueben el examen de conocimientos, a quienes se convocará a través del portal de este Instituto, a más tardar el 9 de noviembre del año en curso, vía correo electrónico, o en su caso, vía telefónica.
Las personas aspirantes podrán solicitar la revisión del resultado de su examen de conocimientos, a más tardar en los dos días hábiles posteriores a la fecha de la publicación de los resultados. La solicitud de revisión se hará mediante correo electrónico dirigido a la Comisión de Organización Electoral del Instituto, indicando el nombre completo, municipio de residencia y su número de folio, así como el motivo de la solicitud de revisión. Si derivado de la revisión, se establece que se debe modificar la puntuación obtenida por la persona aspirante y esto cambia su posición respecto al resto de las personas aspirantes, la Comisión determinará si debe acceder a la etapa de valoración curricular y entrevista.
La ponderación de la valoración curricular será de 30%, al examen de conocimiento electoral le corresponderá el 30% y a la entrevista el 40%; dando como resultado el 100% máximo de ponderación.
El Instituto, con la anticipación debida, hará del conocimiento, la hora en que se llevarán a cabo el examen y la entrevista.
El examen será en la modalidad virtual, para lo cual la persona aspirante deberá contar con un dispositivo que reúna los requisitos exigidos por la plataforma que se le indique.
La entrevista será en la modalidad presencial, pudiendo realizarse de manera excepcional de forma virtual.
Para el examen de conocimientos podrán consultar la guía de estudios que será publicada en la página web del Instituto: www.ieesinaloa.mx.
6. Elaboración y observación de las listas de propuestas. Durante el período comprendido del 11 al 19 de diciembre del 2026, la Comisión de Organización Electoral elaborará la lista con la propuesta de las personas aspirantes seleccionadas para integrar los Consejos Distritales y Municipales Electorales y la presentará al Consejo General, atendiendo al principio de paridad de género.
7. Integración y aprobación de las propuestas definitivas. Del 1° al 15 de enero de 2027, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa, hará la designación de las personas a ocupar las Presidencias y Consejerías Electorales, especificando el periodo y el cargo de su nombramiento. Para la designación se deberá tomar en cuenta como mínimo los criterios orientadores de compromiso democrático, paridad de género, prestigio público y profesional, pluralidad cultural, conocimiento de la materia electoral y participación comunitaria o ciudadana.
SEXTA. En la integración de los Consejos Distritales y Municipales Electorales, se procurará la inclusión de personas jóvenes, así como de las que pertenecen a grupos de atención prioritaria tales como de pueblos y comunidades indígenas, de comunidad de la diversidad sexual y con discapacidad, siempre y cuando cumplan con las etapas previstas en la convocatoria y con los requisitos. En caso de no contar con la participación de estas personas, los cargos serán designados del resto de la ciudadanía registrada.
Toda documentación que la persona aspirante proporcione y que contenga información de datos personales y de la vida privada, será empleada por el Instituto exclusivamente para el fin que fue presentada, y será protegida conforme a la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, Reglamentaria del artículo 6 fracción II Base “A” y artículo 16, párrafo 2, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Aprobado el acuerdo de integración de los consejos electorales, el Instituto Electoral del Estado de Sinaloa, lo notificará a las personas designadas y les dará a conocer la fecha de instalación del consejo electoral respectivo para rendir la protesta de Ley y recibir su nombramiento. La lista y el acuerdo de integración de los Consejos Distritales y Municipales Electorales, se publicarán en los estrados y en el portal de internet del Instituto y en el Periódico Oficial “El Estado de Sinaloa”.
Lo no previsto en la presente convocatoria será resuelto por la Comisión de Organización y Vigilancia Electoral o por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa, según sea el caso.
Para mayor información, llamar a los teléfonos en Culiacán (667) 715 22 89 y 800 50 50 450, en Los Mochis al (668) 817 32 73 y en Mazatlán al (669) 981 27 10 o vía correo electrónico: integracion2027@ieesinaloa.mx