El Instituto Electoral del Estado de Sinaloa (IEES) dio a conocer los requisitos para postularse bajo la figura de candidatura independiente, para los cargos a las Diputaciones de mayoría relativa, Presidencias Municipales, Sindicaturas de Procuración y Regidurías de mayoría relativa y por el principio de representación proporcional, para el Proceso Electoral Local 2023-2024.

Tras puntualizar que la convocatoria respectiva se publicará el día siguiente en que el Congreso del Estado convoque a elecciones, dentro de la primera quincena de diciembre, el Consejero Presidente del IEES, Arturo Fajardo Mejía, ponderó la importancia que la ciudadanía conozca de manera anticipada sobre los requisitos que tienen que recopilar y cumplir, con la finalidad de que con tiempo las personas interesadas puedan realizar los trámites que requieran para esos fines.

En rueda de prensa, Fajardo Mejía indicó que las personas que pretendan postularse a una candidatura independiente, deberán hacerlo del conocimiento del IEES, a partir del día siguiente a aquel en que se realice la sesión del Consejo General del Instituto, en la que se dé por iniciado el proceso electoral y hasta el día 18 de enero de 2024; dicha manifestación de intención deberá presentarse por escrito, en original, con firma autógrafa de la ciudadana o ciudadano que aspire, utilizando los formatos que estarán disponibles en su momento en el portal institucional.

Por su parte, el Consejero Electoral y Titular de la Comisión de Prerrogativas de Partidos Políticos, Óscar Sánchez Félix precisó que la manifestación de intención deberá acompañarse de la documentación siguiente: Copia certificada del Acta Constitutiva de la Asociación Civil integrada, al menos, por la o el aspirante, su representante legal y la o el encargado de la administración de los recursos de la candidatura independiente.

Asimismo, el acta deberá contener su Estatuto; también la copia simple de cualquier documento emitido por el Servicio de Administración Tributaria, en el que conste el Registro Federal de Contribuyentes de la Asociación Civil.

A su vez, la copia simple del contrato de la cuenta bancaria aperturada a nombre de la Asociación Civil, en la que se manejará el financiamiento privado y, en su caso, el financiamiento público correspondiente; Copia simple legible del anverso y reverso de la credencial para votar con fotografía de la persona que se esté postulando, de la o el representante legal y de la persona encargada de la administración de los recursos.

A partir del día 19 de enero y hasta el día 17 de febrero de 2024, las y los aspirantes podrán realizar actos tendentes a recabar el porcentaje del apoyo ciudadano requerido por la Ley.

Cada persona aspirante deberá reunir, cuando menos la firma de respaldo de una cantidad de ciudadanas y ciudadanos equivalente al 2% de la lista nominal de electores correspondiente al Distrito electoral o al Municipio por el que desea postularse, con corte al 31 de agosto del año previo al de la elección, en este caso, del año 2023.

Asimismo, la cédula de respaldo deberá estar integrada por ciudadanas y ciudadanos de por lo menos la mitad de las secciones electorales, del Distrito o del Municipio correspondiente, en el caso de Diputaciones y Ayuntamientos, respectivamente, que sumen cuando menos el 1% de ciudadanas y ciudadanos que figuren en la lista nominal de electores en cada una de ellas.

Estuvieron también en el evento las Consejeras Electorales, Gloria Icela García Cuadras, Judith Gabriela López Del Rincón, Marisol Quevedo González, el Consejero Electoral, Rafael Bermúdez Soto, y el Secretario Ejecutivo, José Guadalupe Guicho Rojas.

Requisitos de elegibilidad para todos los cargos

  • Haberse separado cuando menos noventa días antes de la elección del cargo, empleo o comisión.
  • No ser ministra o ministro de
  • No ser Magistrada o Magistrado, Secretaria o Secretario General del Tribunal Electoral del Estado, Secretario o Secretaria Ejecutiva del IEES, Consejera o Consejero Presidente o Consejera o Consejero Electoral en el Consejo General del IEES, o pertenecer al Servicio Profesional Electoral Nacional, salvo que la persona se separe del cargo tres años antes de la fecha de inicio del proceso electoral de que se trate.
  • No estar condenada o condenado por el delito de violencia política contra las mujeres en razón de género, por delitos contra la familia o por delitos contra la libertad sexual y su normal desarrollo, ni tener acreditada la comisión de violencia política contra las mujeres en razón de género; y
  • No aparecer inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos del Estado de Sinaloa.

 Requisitos de elegibilidad para Diputación Local

  • Ser sinaloense por nacimiento o por
  • Contar con una residencia efectiva en el distrito electoral por el que se postule, de más de seis meses, cuando se postule por Mayoría Relativa y de más de 2 años en el Estado cuando se postule por Representación Proporcional, anterior a la fecha de la celebración de la jornada electoral.
  • Ser mayor de 18 años en la fecha de la elección.

Requisitos de elegibilidad para Presidencia Municipal

  • Tener la ciudadanía mexicana por nacimiento, en pleno ejercicio de sus derechos.
  • Ser originaria u originario de la municipalidad por la que pretende contender o vecino de ella cuando menos tres años anteriores a la elección siempre que sea ciudadano sinaloense por nacimiento o por vecindad, con residencia efectiva en el Estado en este último caso, no menor de cinco años inmediatamente anteriores al día de la elección.
  • Tener veinticinco años cumplidos, cuando menos, en la fecha de la elección.

Requisitos de elegibilidad para Regiduría o Sindicatura de Procuración

  • Tener la ciudadanía mexicana por nacimiento, en pleno ejercicio de sus
  • Ser persona originaria o vecina de la municipalidad en que se elija cuando menos con un año antes de la elección.