El Consejo General aprobó en sesión ordinaria virtual el diseño y especificaciones técnicas de la documentación electoral para el voto anticipado, que se utilizarán en el Proceso Electoral Local 2023-2024, para las elecciones de Diputaciones Locales y Ayuntamientos.

El Consejero Electoral y titular de la Comisión de Organización y Vigilancia Electoral, Martín González Burgos, precisó que los numerales 17 y 18, de los Lineamientos para la organización del Voto Anticipado en el Proceso Electoral Concurrente 2023-2024, mencionan que el voto anticipado está dirigido a la ciudadanía de todas las entidades federativas que entre 2018 y el 31 de diciembre de 2023 hayan solicitado o soliciten su trámite de credencialización conforme a lo dispuesto por el artículo 141 de la LGIPE.

El Convenio General de Coordinación y Colaboración celebrado entre el INE y el IEES, establece que las partes implementarán las acciones necesarias a efecto de garantizar el voto anticipado en la entidad, a la ciudadanía que tenga alguna incapacidad física que impida, limite o dificulte su asistencia ante la casilla que le corresponda, previo a la jornada electoral a celebrarse el 2 de junio de 2024.

El modelo de operación indica que, para las elecciones locales, a excepción de la Lista Nominal de Electores con voto anticipado, los Organismos Públicos Locales (OPL) son responsables, con recursos propios, del diseño y producción de la documentación y material electoral para el ejercicio, escrutinio y cómputo del voto anticipado, así como de la entrega oportuna a la Junta Local Ejecutiva respectiva, en las cantidades requeridas.

 

AVALA IEES MANUAL PARA LA CAPACITACIÓN SOBRE EL DESARROLLO DE LOS CÓMPUTOS

En sesión ordinaria, el Consejo General del IEES aprobó el manual que contiene los materiales didácticos para la capacitación sobre el desarrollo de los cómputos para el Proceso Electoral Local 2023- 2024.

El Consejero Electoral y titular de la Comisión de Educación Cívica y Capacitación Electoral, Rafael Bermúdez Soto, sustentó que las Bases Generales para regular el desarrollo de las sesiones de los cómputos, así como los Lineamientos, establecen que el IEES llevará a cabo el diseño de los materiales didácticos para la capacitación sobre el desarrollo de los cómputos en los Consejos Distritales y Municipales, con el objetivo de implementar adecuadamente los trabajos de cómputo y recuento de votos.

Esa misma normatividad dispone que deberán ser aprobados por el Consejo General, a más tardar en la segunda quincena de marzo del año de la elección, mismos que deberán divulgarse entre las Consejerías Electorales, representaciones partidistas y, en su caso, a las candidaturas independientes, así como personas observadoras electorales.

El manual para el desarrollo de la sesión especial de cómputo en los Consejos Distritales y Municipales, está conformado por tres volúmenes: I. Actos previos, donde se describen las acciones institucionales de previsión y planeación que anteceden a la Sesión Especial de Cómputo Distrital y Municipal del 5 de junio; II. Cómputos Distritales y Municipales, en el que se aborda el procedimiento a seguir en los diferentes escenarios de los cómputos Distritales y Municipales; y III. Funciones del personal, que da cuenta de las distintas figuras de apoyo que intervienen en los trabajos, participando en el pleno o en grupo de trabajo o en punto de recuento.

 

APRUEBAN DICTAMEN DE RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO DEL PERSONAL DEL SPEN DEL IEES

El Consejo General aprobó el dictamen general de resultados de la evaluación del desempeño del personal del Servicio Profesional Electoral Nacional. (SPEN) del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa (IEES) del periodo de septiembre de 2022 a agosto de 2023, conforme a los resultados remitidos por la Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional Electoral Nacional (DESPEN).

La Consejera Electoral y titular de la Comisión de Vinculación con el INE y de Seguimiento al Servicio Profesional Electoral Nacional, Judith Gabriela López Del Rincón, señaló que conforme lo establece los lineamientos para la Evaluación del Desempeño de los Miembros del Servicio Profesional Electoral Nacional del Sistema OPL, la calificación final para las y los miembros del SPEN se integrará por la suma ponderada de las calificaciones obtenidas en cada uno de los tres factores siguiente: Metas Individuales, con una ponderación del 30%; Metas Colectivas, con 40%; y Competencias Clave, 30%.

Cabe destacar que cuando no se asignen metas individuales o colectivas a un miembro del SPEN, la ponderación de las metas restantes asignadas será de 70%; asimismo, la calificación final mínima aprobatoria de la evaluación del desempeño será de siete en una escala de cero a 10.