En su quinta sesión extraordinaria, el  Consejo General  del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa (IEES) aprobó la solicitud de modificación del convenio de la coalición total denominada “Por Sinaloa al Frente” conformada por los partidos Acción Nacional, de la Revolución Democrática, Movimiento Ciudadano y Sinaloense; mientras que en otro punto de la orden del día, el Pleno calificó de improcedente la petición de cambiar el convenio de la Coalición Parcial denominada “Juntos Haremos Historia” presentada por los partidos Morena, del Trabajo y Encuentro Social.

Se dio a conocer que el sentido de la solicitud de la coalición  “Por Sinaloa al Frente”  fue modificar la cláusula séptima referente en cambiar el origen partidario de los candidatos a Regidores propietarios y suplentes, de las planillas a integrar Ayuntamientos que serán postulados por el principio de mayoría relativa en los municipios de Ahome, El Fuerte, Guasave, Salvador Alvarado, Mocorito, Badiraguato, Culiacán, Navolato, Mazatlán, Rosario y Escuinapa.

El Consejo General del IEES aprobó  tales modificaciones y adiciones en razón de que no hay afectación al principio de definitividad de las etapas del proceso electoral, en tanto no ha concluido la etapa de preparación de las elecciones locales;  y tampoco se afecta la certidumbre, ya que al momento de aprobarse por los partidos políticos las modificaciones al convenio integrado de la coalición, y de presentarse las mismas ante este Instituto, aún no había iniciado el periodo de registro de candidatos para el presente proceso electoral.

Con referencia al segundo punto, se estableció que con fecha 26 de marzo los partidos integrantes de la Coalición denominada “Juntos Haremos Historia”, solicitaron modificar el origen de las candidaturas en algunos distritos electorales.

En ese contexto, esos institutos políticos no cumplieron con lo establecido en el numeral 3, del artículo 279 del Reglamento de Elecciones, que señala que al solicitar la modificación del convenio previamente aprobado, además de presentar dicha documentación de nueva cuenta, se debe agregar la documentación a la que se anexaran el convenio modificado con firmas autógrafas, es decir, las actas de las sesiones de los órganos de dirección correspondientes, que cuenten con facultades estatutarias para aprobar dicha modificación; no obstante que fueron requeridos para ello.

De tal suerte y  por no ser atendidos esos requerimientos por los partidos políticos integrantes de la coalición, el Pleno del Consejo General votó por la improcedencia de solicitud de modificación al convenio.