En sesión ordinaria, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa (IEES) aprobó que los Consejos Distritales y Consejos Municipales Electorales celebren sus sesiones y reuniones de trabajo de manera virtual; asimismo se avalaron los diseños de la documentación electoral sin emblemas de partidos políticos y de candidaturas independientes, así como los modelos de materiales electorales para el Proceso Electoral Local 2020-2021.

En la plenaria, también se votó a favor de los proyectos de acuerdo para expedir el Reglamento para el Registro de Candidaturas a ocupar cargos de elección popular; también el que corresponde a las dudas planteadas por el Partido Acción Nacional en torno a la candidatura común, así como la respuesta a la solicitud planteada por el ciudadano Santos Joel Cañedo Rodríguez, aspirante a la candidatura independiente a la Presidencia Municipal de Mazatlán.

Respecto al primer punto aprobado, el Consejero Electoral, Jorge Alberto De La Herrán García, apuntó como antecedente el acuerdo IEES/CG020/2020 mediante el cual el Consejo General modificó el Reglamento de Sesiones para permitir  que las sesiones ordinarias, extraordinarias, o especiales, se pudieran llevar a cabo de manera virtual o a distancia, con el uso de herramientas tecnológicas, durante el período de duración de las medidas sanitarias derivadas de la pandemia de la Covid-19.

En ese sentido y ante la prevalencia de la incidencia de la pandemia, sin que exista certeza de que se llegue a la normalidad en el desarrollo de este proceso electoral local, se considera pertinente autorizar a los Consejos Distritales y Consejos Municipales Electorales a que celebren sus sesiones, reuniones de trabajo y en general las actividades que así lo permitan, mediante el uso de herramientas tecnológicas de comunicación, apegándose a lo dispuesto por el Reglamento de Sesiones.

Documentación electoral sin emblemas

En relación a la aprobación de los diseños de la documentación electoral sin emblemas de partidos políticos y de candidaturas independientes, así como los modelos de materiales electorales, el Consejero Electoral, Martín Alfonso Inzunza Gutiérrez, dijo que este acuerdo se estableció a efecto de dar cumplimiento a las disposiciones y argumentos considerados en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), y de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sinaloa (LIPEES); así también sustentado por  la validación por parte del Instituto Nacional Electoral (INE).

De tal forma, se proponen para su aprobación un total de 34 documentos electorales sin emblemas y se

aprueban los modelos de cancel electoral, las urnas, cinta de seguridad, las cajas paquete electoral, base porta urnas y caja contenedora de material electoral que se utilizarán durante el Proceso Electoral Local 2020-2021, para las elecciones de Gubernatura, Diputaciones Locales y Ayuntamientos.

Reglamento para el registro de candidaturas 

En cuanto al acuerdo que expide Reglamento para el Registro de Candidaturas a ocupar cargos de elección popular, la Consejera Electoral, Gloria Icela García Cuadras, precisó que este instrumento normativo precisa los plazos y órganos competentes para recibir las solicitudes de registro, la documentación que se deberá acompañar a las solicitudes, así como el procedimiento para la revisión y en su caso, atención de los requerimientos realizados por la autoridad electoral; además se contemplan las reglas respecto a la elección consecutiva, las sustituciones de candidaturas, los registros simultáneos y el trámite que se deberá seguir en caso de renuncias, entre otros aspectos.

En este Reglamento se requiere a los Partidos Políticos, Coaliciones y aspirantes a candidaturas independientes para que en el trámite de la solicitud del registro de las candidaturas se atiendan las medidas que en ese momento dicten las autoridades sanitarias, así como los protocolos emitidos por este Instituto a fin de evitar contagios de la Covid-19.

Señala también, que se establece la exigencia a las y los aspirantes a una candidatura de firmar un de buena fe y bajo protesta de decir verdad el escrito que se ha denominado “3 de 3 contra la violencia”, a efecto de prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia política contra las mujeres en razón de género. En ese sentido, antes de solicitar el registro, el partido político o coalición deberá revisar si dicha persona se encuentra inscrita en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de  Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género o bien en el Registro local.

Al respecto, también la Consejera Presidenta del IEES, Karla Gabriela Peraza Zazueta afirmó que la violencia política contra la mujer por razón de género, ha sido uno de los temas más importantes que han ocupado al Instituto en los últimos años, en el que de la mano con el INE, se han creado lineamientos y reglamentos que aporten a la paridad de género, la protección de los derechos políticos de la mujer y a la no discriminación por razón de género, por ello, consideró que  con este requisito de la declaración  de “3 de 3 contra la violencia”, el Instituto Electoral toma un paso adelante. 

Desahogan dudas sobre candidatura común

El Consejo General del IEES, conforme a los argumentos y fundamento legal que determina la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sinaloa (LIPEES), desahogó las dudas  planteadas por el Partido Acción Nacional con respecto a la postulación bajo la figura de la candidatura común, que formuló por escrito el ciudadano Marcos Antonio Arroyo Nevarez, representante suplente de dicho partido ante este Consejo. 

En ese sentido, el Secretario Ejecutivo, Arturo Fajardo Mejía, dio a conocer que se le aclaró que sí pueden hacer candidaturas comunes en algunos de los municipios, solo dos de los tres partidos coaligados; de igual forma, se le precisó que si en un municipio van en candidatura común sólo dos de los tres partidos coaligados, no es posible, conforme a derecho, hacer en los demás municipios otras combinaciones entre los tres partidos coaligados.

Respuesta a solicitud de aspirante a candidatura Independiente

El Pleno aprobó también el proyecto de acuerdo por el cual, sustentado por lo que establece la  LIPEES,   resolvió como no procedente la solicitud planteada por el ciudadano Santos Joel Cañedo Rodríguez, aspirante a la Candidatura Independiente a la Presidencia Municipal de Mazatlán, que mediante escrito manifiesta tres peticiones.

El Consejero Electoral, Óscar Sánchez Félix, señaló que esas demandas se refieren a:  Que se exima del requisito de la recaudación de firmas a los aspirantes a candidatos independientes; que se proporcionen las medidas a procurar la integridad y seguridad de las personas que salen a la calle a recabar firmas, así como la emisión de publicidad o material informativo respecto de la existencia de los aspirantes a las candidaturas independientes; y la suspensión y reprogramación de los comicios electorales para el Estado de Sinaloa.